Agrupación de usuarios de ascensores ganó en la Corte
Nadie esperaba la contundencia del fallo de la Corte de Apelaciones porteña la que, en un fallo unánime, acogió un recurso de protección interpuesto por Adriana del Carmen Cuadra Rodríguez y otros, pertenecientes a la agrupación de usuarios de ascensores de la ciudad, en contra de la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones de la Quinta Región, a cargo y representada por don Mauricio Alejandro Candia Llancas, y en contra de la Municipalidad de Valparaíso, representada por el señor Alcalde de Valparaíso don Jorge Enrique Castro Muñoz.
Por voluntad de la Corte la citada Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones deberá incluir a los ascensores en el Registro del Transporte Público de Pasajeros establecido en el artículo 3 D.S. 212 de esa cartera; y además, fije régimen de funcionamiento de aquéllos que no son municipales. Además, la Municipalidad de Valparaíso deberá fijar un régimen de funcionamiento de sus propios ascensores, con indicación, al menos, de días y horas de funcionamiento, y de tarifa a cobrar a los usuarios.

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